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el periodico de saltillo
Febrero 2016
Edición No. 324


Colima, primera elección para el PRI en 2016

Juan Martínez Veloz.

La elección extraordinaria en el Estado de Colima motivada por la nulidad de las elecciones de Gobernador en junio de 2015 finalmente se realizó el pasado domingo 17 de enero con el triunfo del candidato del Partido Revolucionario Institucional (PRI) José Ignacio Peralta sobre el aspirante del Partido Acción Nacional (PAN) Jorge Luis Preciado.

La diferencia de votos según información aparecida en los periódicos de la prensa nacional fue del 3.7%, 10 mil 168 votos. El candidato del PAN reconoció los resultados, esgrimió algunas irregularidades pero no impugnara los cómputos y pidió no ser objeto de persecución contra sus amigos y simpatizantes (La Jornada, 19/01/2016, p. 13).

Debemos reconocer el acto republicano del candidato colimense del PAN de reconocer los resultados electorales, pues en la democracia se gana y se pierde, pero el “chiste” consiste en seguir jugando en las próximas elecciones del futuro. Bien por no hacer lo que algunos líderes de las oposiciones han hecho; “desconocer los resultados y luego volver a ser candidatos y pretender que se olvide lo pasado”.

Sobre la pretensión de no ser perseguido por las autoridades judiciales debemos apuntar que siempre como analistas y funcionarios electorales hemos estado en contra que se use el “Jus Puniendi” (Derecho del estado a investigar y castigar los delitos) como una forma de persecución política, pues eso nos remonta a las viejas etapas del porfiriato y de las dictaduras latinoamericanas de los años ochenta del siglo XX (Argentina, Chile, Uruguay, entre otros).

El mismo razonamiento debe aplicarse por el PAN a otros ex gobernadores que enfrentan acusaciones como en Coahuila y Sonora. Deben respetarse las garantías procedimentales en materia penal y los partidos y ciudadanos deben aportar pruebas y no anticipar juicios o conclusiones sobre los resultados.

La nota distintiva de esta elección fue la nulidad decidida por el Tribunal Electoral Nacional (TEPJF) en votación dividida en los comicios celebrados el 7 de junio de 2015.

La nulidad decretada por el TEPJF se fundamentó en una causal genérica de nulidad conocida como “Nulidad Abstracta” o “Nulidad por violación de principios” que por primera vez se aplicó polémicamente en las elecciones de Gobernador de Tabasco en 2000.

En términos generales hay que felicitar a los órganos electorales locales encargados de realizar la elección extraordinaria, al TEPJF por la sentencia, al PRI (Manlio Fabio Beltrones) por su alto oficio político para remontar los resultados de junio de 2015 y al PAN (Jorge Luis Preciado) por su actitud republicana de reconocer los cómputos electorales.

juanmartinez_veloz@yahoo.com

 
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