Rigoberto Losoya Reyes.
De acuerdo con un censo de población levantado en 1868 por instrucciones del gobierno del estado, el alcalde de la Villa de Piedras Negras, Rafael Sánchez Navarro, reportó 2,268 habitantes y como actividades económicas preponderantes, el comercio y la agricultura. Se tenían registrados 27 comerciantes, la mayoría de ellos importaban mercancías de todo tipo, desde aperos de labranza, armas y municiones, hasta vehículos sobre pedido que vendía don Rafael Múzquiz. Estaban registrados un total de diez ranchos. Las calles eran emparejadas y rellenas de cascajo para facilitar su tránsito. Cinco años después (1873), la situación económica y social no registró cambios sustanciales. El ayuntamiento se encontraba organizado y de acuerdo con el Plan de Arbitrios aprobado en diciembre de 1872, fue posible identificar una diversidad de actividades económicas realizadas por sus habitantes.

El comercio giraba en torno al consumo de una gama de productos entre los cuales se pueden citar harina flor, trigo, cebada, arroz, frijol, garbanzo, piloncillo, licor de todas clases, madera labrada, pieles de res y cabra, nuez y lana, entre otros. La introducción de estos productos estaba gravada por el ayuntamiento con un real por cada quintal. (Un quintal era una medida de peso equivalente a 46 kg o 100 libras). Por otro lado, los carros, carretas y carretones que se recibían en la Villa con mercancías extranjeras pagaban un real por cada quintal.
No existía un puente que comunicara ambas poblaciones por lo que, unas chalanas y esquifes establecidos en la línea mexicana operaban para brindar el servicio de cruce de pasajeros, mercancías carretas y carretones. (Un chalán era una embarcación de poco calado y ancha, de fondo plano y los esquifes eran botes ligeros de remos). Por cada chalán estacionado en su muelle pagaba cada uno cinco pesos al mes y por cada esquife un peso mensual, y sus propietarios estaban inscritos en el ayuntamiento.
Abundaban las cantinas con billares y se acostumbraba los juegos no prohibidos en las mismas y estaban obligadas a contribuir al ayuntamiento con diez pesos mensuales. Por el degüello de reses, carneros, cerdos y cabras se pagaba medio real por cabeza y por la casa que se les facilitaba un real diario.
El ayuntamiento regulaba los bailes y espectáculos públicos. Los organizadores pagaban un peso por cada licencia. Las peleas de gallos de igual forma debían solicitar su autorización. Los vendedores ambulantes que por las calles circulaban con sus varillas, canastillas o cajones, pagaban seis centavos diarios. Los que vendían colocando sus tendidos de efectos (mercancías) del país o extranjeros pagaban dieciocho centavos diarios.
Las tiendas de abarrotes y cajones de ropa con un capital superior a mil pesos pagaban mensualmente dos pesos y las panaderías solo pagaban un peso.

Durante las fiestas anuales que se realizaban en la Plaza Hidalgo en pleno centro de la Villa, se cobraba a los comerciantes por ocupar un espacio. Se levantaba una plaza de toros de madera mientras duraban las festividades.
Los dueños de los montepíos (casas de empeño) pagaban de uno a cinco pesos mensuales dependiendo de su capital invertido.
Por cada carreta de leña cortada en las congregaciones pagaban doce y medio centavos y por cada carreta de maíz o frijol que trasportara de diez a veinte fanegas, tres reales.
Estos ingresos del ayuntamiento se destinaban para cubrir sus gastos mensuales por concepto de los sueldos de funcionarios municipales, de policía, del juzgado local y los preceptores (maestros de escuela). Cuando era posible, se destinaba un presupuesto para el arreglo de las calles con cascajo, reparaciones de la casa consistorial y gastos menores.
El secretario del ayuntamiento percibía un sueldo mensual de cuarenta pesos, su escribiente quince y un portero diez pesos. El personal de policía estaba integrado por un comandante, un cabo y un policía. El ayuntamiento pagaba los sueldos de cinco preceptores (maestros) tres en la zona urbana y 2 en las congregaciones. Los sueldos variaban de 50, 40 y 15 pesos mensuales. El Juzgado local era auxiliado por dos escribientes y se les pagaba treinta y veinte pesos respectivamente.