La cuestión centroamericana en México; antecedentes

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Juan Martínez Veloz.

Estamos a favor de que en las Constituciones de América y en tratados internacionales se reconozca como derecho humano de las personas a “emigrar  (moverse, cambiar de domicilio y residencia) al país que sea de su preferencia en América”.

Hay que reconocer que conquista de los derechos humanos en la historia de los diferentes pueblos no ha sido una tarea fácil o concesión graciosa de los gobernantes, sino resultado de la movilización social, como señala acertadamente el jurista  Von Ihering:

“TODO DERECHO EN EL MUNDO DEBIÓ SER ADQUIRIDO POR LA LUCHA; ESOS PRINCIPIOS DE DERECHO QUE ESTÁN HOY EN DÍA EN VIGOR HA SIDO INDISPENSABLE IMPONERLOS POR LA LUCHA A LOS QUE NO LOS ACEPTABAN, POR LO QUE TODO DERECHO, TANTO EL DERECHO DE UN PUEBLO COMO EL DE UN INDIVIDUO, SUPONEN QUE ESTÉN EL INDIVIDUO Y EL PUEBLO DISPUESTO A DEFENDERLOS. EL DERECHO NO ES UNA IDEA LÓGICA, SINO UNA IDEA DE FUERZA”[1].

Hace tiempo escribimos un artículo y lo reproducimos en su parte más importante para contextualizar la cuestión de la migración centroamericana en México que ha generado muchas polémicas.

El artículo dice:

MIGRACIONES; HECHOS NATURALES DE LA VIDA

Recientemente un hecho ha llamado la atención de la opinión pública de los mexicanos, la CARAVANA DE MIGRANTES CENTROAMERICANOS que cruzan el país para tratar de ingresar a Estados Unidos.

LA CARAVANA MIGRANTE TIENE UNA APORTACIÓN PARA LA COMUNIDAD INTERNACIONAL DE PONER EN LA AGENDA MEDIÁTICA EL TEMA MIGRATORIO, UNA CUESTIÓN QUE LE INTERESA DIRECTAMENTE A MÉXICO POR SER UN PAÍS EXPORTADOR DE MIGRANTES PRINCIPALMENTE A ESTADOS UNIDOS.

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DEBEMOS TENER MADUREZ PARA ENTENDER EL TEMA MIGRATORIO Y CONSIDERARLO COMO UNA VARIABLE NATURAL DE LA VIDA.

HAY QUE RECORDAR LA GRAN MIGRACIÓN A AMERICA DEL HOMBRE HACE UNOS MILES DE AÑOS PROVENIENTE DE ASIA. Y LA GRAN MIGRACION EUROPEA (ESPAÑOLES, INGLESES Y PORTUGUESES) QUE SE DIO PARA LA CONQUISTA DE AMÉRICA EN A PARTIR DEL  SIGLO XVI.

“En América viven hoy más de 250 millones de europeos o descendientes de europeos no mestizos. A este elemento deben su grandeza (en parte) Estados Unidos, Canadá y Argentina. La liberalidad de la política migratoria promovió la prosperidad de dichos países y ahorro muchas miserias y perturbaciones a la vieja Europa. No es casualidad que el fecundo periodo de paz que gozo Europa de 1871 a 1914 coincidiera con la práctica de la libertad para emigrar o inmigrar.

Estados Unidos, que tenían, en 1790 solo 3,929 000 habitantes, han recibido luego 37 millones de inmigrantes, de ellos 16 millones entre 1816 y 1900, y 13 millones en el periodo 1901-1914.

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México no ha sido un país de una gran inmigración a partir de la Independencia. Durante el periodo 1821-1940 llegaron a México para radicarse en el país solamente unos 300 000 extranjeros”.  Echeverría, Martin L.: Geografía Humana, Esfinge, México 1999, pp. 95-96.

EN EL SIGLO XX MÉXICO SE DISTINGUIÓ POR SER UN PAÍS QUE RECIBIÓ MIGRACIONES DE PERSONAS CON PROBLEMAS POLÍTICOS (DERECHO DE ASILO); España (Guerra Civil) y de varios países de América del Sur que fueron víctimas de gobiernos militares (Brasil, Argentina, Chile, Bolivia, Uruguay). Hoy en día en 2018 hay una importante colonia en México de venezolanos que huyen por cuestiones políticas de su país.

DEBEMOS APRENDER DEL MUNDO NATURAL DONDE LAS MIGRACIONES SON UNA CONSTANTE EN DIFERENTES ESPECIES DESDE HACE MUCHOS AÑOS. El CHARRÁN ÁRTICO es un ave golondrina que migra de polo a polo de la tierra y recorre más de 70 mil km….

APARTE LAS DIVISIONES (FRONTERAS) DE LOS PAÍSES NO COINCIDEN CON LAS DIVISIONES DE LA NATURALEZA. Por ejemplo la frontera norte de México se encuentra separada por el Rio Bravo (o Rio Grande) pero México y EUA se encuentran entrelazados por dos regiones desérticas muy importantes; el Desierto Chihuahuense y el Desierto de Sonora situación que obliga a instrumentar políticas de conservación coordinadas entre ambos países. Lo mismo puede plantearse para el tema migratorio de seres humanos. (Hernández, Héctor M.: LA VIDA EN LOS DESIERTOS MEXICANOS; FCE, México 2006, 50).

*LA SEPARACION DE LAS PROVINCIAS DE CENTRAMERICA DE MEXICO.

Parte del problema de los migrantes centroamericanos radica en el divisionismo de anteriores gobiernos en Centroamérica (Antigua Capitanía General de Guatemala) que se negaron a ser parte de México y prefirieron ser países independientes. Solo expondremos como se dio jurídicamente el hecho. Somos partidarios de la unión de latinoamericanos y norteamericanos respetando las identidades de cada región.

El Acta Constitutiva de la Federación (ACF) del 31 de enero de 1824   puede señalarse como el texto constitucional que dio origen a la nación mexicana como república federal. Dicho documento sería la base política fundamental de la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos aprobada el 4 de octubre del mismo año[2].

La convocatoria al Congreso Constituyente expedida 17 de junio de 1823 invitó a las provincias de la nación mexicana a que nombraran diputados a la futura asamblea constituyente.

Las provincias invitadas fueron: California alta, California baja, Coahuila, Durango, Guanajuato, Guadalajara, Nuevo Reino de León, México, Nuevo México, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Querétaro, San Luís Potosí, Santander, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tejas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.

Por lo que respecta a las PROVINCIAS DE GUATEMALA se determinó que en caso de permanecer unidas a México se servirían para la elección de diputados de los censos más exactos que pudieran formar de los datos estadísticos que tuvieran reunidos. Esas provincias fueron en aquella época; Chiapas, Chimaltenango, Chiquimula, Comayagua, Costa Rica, Escuintla, Guatemala, León de Nicaragua, Quetzaltenango, San Miguel, San Salvador, Sololá, Sonsonete, Suchitepec, Tegucigalpa, Totonicapán, Verapaz y Zacatepeques[3].

AUNQUE FUERON CONVOCADAS AL CONSTITUYENTE DE 1824 LAS PROVINCIAS DE CENTROAMÉRICA ESTAS SE RETIRARON EN VIRTUD DE UNA LEY DEL 27 DE OCTUBRE DE 1823, SALVO CHIAPAS, YA QUE SE PROCLAMARON COMO PROVINCIAS UNIDAS DE CENTROAMÉRICA Y FUERON RECONOCIDAS POR EL CONGRESO MEXICANO COMO TALES  EL 20 DE AGOSTO DE 1824[4]

juanmartinez_veloz@yahoo.com


[1] Rodolfo Von Ihering. LA LUCHA POR EL DERECHO, Porrúa, México, 1984.

[2] Sobre las relaciones jurídicas entre estos dos documentos constitucionales puede verse la obra de José Barragán Barragán: Principios sobre  el Federalismo Mexicano: 1824; Departamento de Distrito Federal, México 1984, pp. 83-107.

[3] Lozano, José María: Estudio de Derecho Constitucional Patrio, Porrúa, México 1980 (1ª. edición facsimilar 1876), p. p. 9-10.

[4] Debe señalarse que la Asamblea Constituyente de la entonces república llamada Provincias de Centroamérica que proclamó la independencia de España y de México el 1º. de julio de 1823 en la ciudad de Guatemala declaró en su Acta de Independencia que su incorporación a México realizada entre  1821 y 1822 fue una situación de hecho y no de derecho, arrancada por medios violentos e ilegales. Cfr. J. Antonio Villacorta “Historia de la República de Guatemala”, Imprenta de Guatemala, Guatemala C.A: 1960, p. 20.