¿Por qué y para qué son las reformas a la ley de amparo?

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Fernando Rangel de León.

            Ha habido tres leyes de amparo, la de 1919, la de 1936 y la de 2013; que son reglamentarias de los artículos 103 y 107 de la Constitución, la que a su vez ha sido modificada once veces, de 1947 a 2024, en materia de amparo.

            La Constitución sienta las bases de la Ley de Amparo, que las desarrolla o pormenoriza; de manera que cuando la Constitución cambia la Ley de Amparo, también cambia.

            De acuerdo con la ideología del Presidente de la República, en turno, el amparo se modifica en la Constitución para que con base en ello pueda hacerse otra Ley de Amparo.

            La Ley de Amparo de 1919, se adecuó a los cambios constitucionales que exigían las nuevas condiciones imperantes en plena Revolución.

            La Ley de Amparo de 1936, amplió los derechos de los individuos y de los grupos, con un espíritu social y de beneficio para las grandes mayorías, cuya mejoría se esforzó en lograrla Lázaro Cárdenas.

            En 1947, durante la Presidencia de Miguel Alemán Valdés, se reformó la Ley de Amparo, para que lo pudieran interponer los terratenientes contra las afectaciones de sus latifundios simulados en pequeñas propiedades.

            La Ley de Amparo de 2013, hizo eco de los avances en derechos humanos en los tratados o convenios internacionales celebrados por México y que se incorporaron a las reformas constitucionales de 2011; durante el gobierno de Enrique Peña Nieto,

Este viernes 17 de octubre de 2025, entraron en vigor las reformas a la Ley de Amparo, sin que se hubiese reformado para ello la Constitución; de manera que las bases del amparo en ésta, fueron intocadas; sobre todo en materia de suspensiones de los actos reclamados promovidas como incidentes dentro de los juicios de amparo.

De manera que no hay razón alguna para que los justiciables se alarmen con las nuevas reformas a la Ley de Amparo; como por ejemplo quienes tengan temor fundado de que se les quiere encarcelar, pueden solicitar la suspensión de la orden de aprehensión, y la misma le será concedida, siempre y cuando no se trate de delitos graves como violación, secuestro y otros.

Estas reformas buscan antes que todo acelerar los procedimientos y los dictados de las resoluciones y sentencias; pues antes de ellas los juicios de amparo tardaban años y años, sin resolverse; en perjuicio de los justiciables; sobre todo de los de escasos recursos.

Quienes están inconformes con las reformas a la Ley de Amparo, son quienes abusaron del amparo, y sobre todo utilizaron el incidente de suspensión de los actos reclamados, para no cumplir con sus obligaciones constitucionales, como por ejemplo el pago de impuestos; o no quieren que se hagan obras públicas para atacar al régimen de no gobernar como ellos quieren; y con todo lo cual se enriquecieron.