Ley de Amnistía

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José C. Serrano Cuevas.

Desde la campaña presidencial, el anuncio de una Ley de Amnistía causó polémica y múltiples críticas al candidato Andrés Manuel López Obrador (AMLO); sus adversarios políticos en la contienda presidencial de 2018, advirtieron a los votantes que el abanderado del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) pretendía liberar a delincuentes.
Los familiares de personas desaparecidas y de víctimas del crimen organizado, quienes participaron en Foros de Pacificación y Reconciliación Nacional organizados por el presidente electo, también anticiparon su rechazo a la propuesta, y señalaron que no otorgarían el perdón a quienes atentaron contra ellos y sus familiares ausentes.

En la exposición de motivos de la Ley de Amnistía AMLO sostenía que en México hay un número significativo de personas en prisión por haber cometido delitos menores, provocados por el hambre y la pobreza.
El documento señala que los grupos más afectados son los de las mujeres, muchas veces presionadas y amenazadas por sus parejas para delinquir; los jóvenes, quienes carecen de oportunidades de educación de calidad y un empleo bien remunerado, y los indígenas, porque generalmente enfrentan los procesos judiciales sin el apoyo de un traductor.

De acuerdo con la propuesta de AMLO, los beneficiarios serían: primodelincuentes, presos políticos o de conciencia, los que hayan cometido delitos contra la salud en condiciones de extrema pobreza, sedición y delitos de robo sin violencia.

La Ley de Amnistía no se aplica a quienes hayan cometido delitos de sangre y violencia, a secuestradores y homicidas ni a los integrantes de grupos de delincuencia organizada, tampoco a reincidentes en la comisión de delitos.

El 16 de septiembre de 2019 llegó a la Cámara de Diputados la iniciativa de ley, la cual fue discutida en parlamento abierto, con lo que se buscaba llegar a un consenso para que fuera aprobada antes de finalizar el año. Justo en la víspera de las celebraciones guadalupanas, el 11 de diciembre, dicha cámara aprobó la multicitada ley.

La pandemia del Covid-19 ha sido el detonador que urge a los responsables del manejo de la población carcelaria, a poner en práctica la aplicación de la Ley de Amnistía. Compromiso que no ha estado exento de dudas y equivocaciones.

Especialistas en el tema han explicado que esto sucede y sucederá, porque la legislación tiene un carácter federal y sólo podrá beneficiar a las personas señaladas por participar en delitos contra la salud, que son alrededor de 7 mil 790 individuos los que tienen esta condición, y no así en los casos de aborto, robo simple y sedición que están bajo el control de la justicia local de las 32 entidades de la República.

María Novoa, coordinadora del Programa de Justicia de la organización México Evalúa, dijo que “el proyecto del titular del Ejecutivo sufre de una contradicción, pues en su redacción incluye delitos del fuero común, pero en realidad no podrá atenderlos, porque se trata de una ley federal”.
Ante estas pifias cabe preguntarse: ¿Y la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República y el enjambre de asesores qué rol desempeñan? Como tantos otros, ¿son un montón de pasmarotes?