José Luis Rodríguez Flores.
Sería un 21 de abril, pero de 1972, cuando el entonces Presidente de México Luis Echeverría Álvarez, fundó el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda Para los Trabajadores, (INFONAVIT), siendo su primer Director General entonces, el Lic. Jesús Silva-Herzog, por lo que este 21 de abril de 2021, se cumple 49 años de su fundación. La creación del instituto, se basó en el artículo 4º de la Constitución Política de México, y fue creado para impulsar la adquisición de vivienda, su creación vendría a dar un fuerte empuje a la anhelada búsqueda legítima de los mexicanos por tener una vivienda. En la actualidad, el INFONAVIT, también le presta recursos a los extranjeros, que tengan su legal residencia de trabajo en nuestro país, y cuenten con ingresos para cubrir su crédito hipotecario.
Este 16 de abril entraron o debieron entrar las reformas a la ley de INFONAVIT, que supuestamente promueven la inclusión financiera basados en 6 principales cambios a las reglas del Instituto que enseguida hago saber:
1.- Se ampliará la posibilidad del destino y aplicación de los recursos solicitados, permitiendo el otorgamiento de créditos para financiar la adquisición de terreno para luego construir una vivienda.
¿A cuántos años se otorgará este financiamiento de terrenos? Porque el trabajador que pide para compra de terreno, obvio que le disminuye o le impide, que por su sueldo que percibe, carezca de la posibilidad de construir en el corto plazo, o se puede prestar para que, el trabajador compre terrenos para especular y obtener un lucro adicional al costo financiero por recibir los recursos, no obstante se entiende esta modalidad de préstamo para terreno, pero con la escasez de recursos en nuestro país se corre el riesgo que los recursos del INFONAVIT puedan escasear, provocando un rezago en la dotación de créditos para la compra de viviendas, que es para lo que fue creado el Instituto, ya que con la compra de una vivienda se beneficia con techo a toda una familia, por eso antes, era una de los requisitos a considerar, y se privilegiaba a la familias con más miembros, pero con el terreno solo un individuo obtiene el beneficio directo.
Sin embargo, nunca desde su creación con Silva-Herzog en 1972, el INFONAVIT, había incursionado en este segmento tan polémico, debido a la escasez de recursos en el país, y por la alta demanda de créditos debido a su bajo interés, un 4.0% anual entonces era el costo del crédito que otorgaba el INFONAVIT hasta 1985; por las razones antes expuestas, se cuidó por los gobiernos, de no otorgar préstamos para la compra de terrenos, debido a que con este tipo de crédito, los trabajadores, en su gran mayoría, puede usar el dinero para compra de terreno, pero no para una vivienda a corto plazo. Entonces, en muchos casos, conservar el terreno puede ser para especulación, y en su caso, para intentar ganar una plusvalía y no para brindar un techo o vivienda a la (s) familia (s), contraviniendo el espíritu de la creación del artículo 4º de la Constitución, que en su párrafo séptimo dice literalmente:
“Toda familia tiene
derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La ley establecerá los
instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo.”
Pero habrá que esperar a conocer las reglas de
operación, para obtener un financiamiento para terreno, en fin, darle el
beneficio de la duda a esta modalidad de préstamo para terreno, y ver algunos
aspectos: ¿cuánto interés cobrará el
INFONAVIT en esta modalidad de
compra de terreno? ¿Cuánto será el
plazo para pagar el crédito que regirá este segmento? Sin embargo, se puede pensar que esta nueva
expresión de flexibilidad crediticia del INFONAVIT, pueda ser como un banco o
financiera con altos intereses, ya que no solo financiará viviendas, como lo
dice la Constitución Política de México en su artículo 4º., sino que ahora
entrará INFONAVIT a un segmento que implica riesgos, y especulación
2.- Se prevé de manera explícita la autoproducción como destino de los créditos otorgados por el INFONAVIT.
3.- Se creará una línea de crédito específica para el refinanciamiento de créditos que los derechohabientes hubieran adquirido con alguna otra institución financiera.
Posibilitará que los derechohabientes accedan a mejores términos y condiciones en los créditos que hubieran adquirido con la banca comercial en el pasado.
4.- Se reconocerá el derecho de los trabajadores de recibir su monto de crédito de manera directa y sin intermediarios.
5.- Se posibilita que los trabajadores accedan a un número ilimitado de créditos subsecuentes, siempre y cuando hubieren liquidado el anterior. Estos créditos no tendrán que otorgarse en coparticipación con entidades financieras.
6.- Se reconoce el derecho de los derechohabientes sin una relación laboral activa, de acceder a créditos de INFONAVIT
Las condiciones de acceso serían establecidas por el Consejo de Administración en reglas de carácter general.
A mi entender, este financiamiento es para los trabajadores que hayan cotizado durante muchos años, y en la actualidad no estén cotizando al INFONAVIT, aunque habrá que esperar la reglamentación, ya que tendrán que tener un sueldo en función del pago del crédito que requieran, cuidando, que la proporción a pagar en su mensualidad no rebase el 30 % de su ingreso, que se tiene como límite para el pago, y para que no le quite al trabajador la posibilidad de destinar otro porcentaje de sus ingreso para comida, transporte, educación, telefonía, o medios de comunicación, y otros gastos que requieren las familias para su buen vivir…
¡Espero que estas reformas, no sean alguna improvisación, como ha venido ocurriendo con algunas reformas de la 4T!, Pero aparte de prestar para terreno, lo que más les urge a los trabajadores, es una disminución del costo de los intereses, por parte de INFONAVIT en el costo financiero, ya por las altas mensualidades obliga a muchos trabajadores a abandonar o traspasar sus viviendas.
joseluisrf1@hotmail.com