LAS EMPRESAS DEBEN TOMAR NUEVAS ACCIONES TRAS EL FIN DE LA EMERGENCIA SANITARIA POR COVID-19

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Hanson Lozano.

A partir del anuncio que realizó la Organización Internacional de la Salud (OMS), el pasado 4 de mayo, en el que se determina que la COVID-19 es ahora un problema de salud establecido y persistente que ya no constituye una emergencia de salud pública de importancia internacional, las naciones siguieron en línea tal determinación, como es el caso de México.

Así, nuestro país puso fin a la emergencia sanitaria por COVID-19, en términos de lo
publicado en el Diario Oficial de la Federación del 9 de mayo de 2023, lo que obliga a las
empresas a revisar los acuerdos laborales que se establecieron para hacer frente a las
relaciones de trabajo durante la pandemia.

México decreta el final de la emergencia sanitaria de la covid-19

En el Diario Oficial de la Federación se determinó: “…Se declara terminada la acción
extraordinaria en materia de salubridad general que tuvo por objeto prevenir, controlar y
mitigar la enfermedad causada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19), ordenada en el
“Decreto por el que se declaran acciones extraordinarias en las regiones afectadas de todo el territorio nacional en materia de salubridad general para combatir la enfermedad grave de
atención prioritaria generada por el virus SARS-CoV-2 (COVID-19)”, publicado en el DOF, el 27 de marzo de 2020, así como aquellas medidas relacionadas que, previa o posteriormente, hayan sido dictadas por el Consejo de Salubridad General y por la Secretaría de Salud, por sí o en coordinación con otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal…”

“A partir del anuncio quedan suspendidas las vigencias de distintos acuerdos que en su
momento emitió el Consejo de Salubridad General (CSG) y el Secretario de Salud para
instruir la acción extraordinaria en la materia”, detalló Jorge Cervantes, director de Labor
Business School, de la firma de abogados laborales De la Vega & Martínez Rojas.

El directivo explicó que las autoridades de Salud señalaron que se establecerá un plan de
gestión de largo plazo, que considera a COVID- 19 como una enfermedad endémica y no
epidémica; es decir, que estará presente entre la población por siempre, con predominio en
la temporada invernal.

En ese sentido, comentó que es recomendable que cada empresa tomando en cuenta sus
particularidades del entorno laboral comience por revisar y actualizar aquellas políticas
establecidas para considerar su vigencia y/o actualización, de las relaciones laborales como
por ejemplo:

• Revisión del distanciamiento social.
• La utilización de equipos de protección.
• La limpieza y desinfección.
• Revisión del Teletrabajo.
• Fomentar la Vacunación.
• Las medidas de prevención y control en el trabajo y familia.
• Evaluaciones periódicas de riesgo.
• Planes de acción para minimizar la exposición al virus especialmente en época invernal.

Cada una de las acciones que se tomaron en el pasado, expuso, “deben ser analizadas y
mantener aquellas que han permitido un buen clima laboral, sí, pero con un crecimiento de
la productividad”.

Adicionalmente, “contemplar la revisión de aquellos acuerdos y/o convenios celebrados con los trabajadores y con el sindicato con motivo de la emergencia sanitaria del COVID 19 que ya dio fin, vendrán nuevos cambios”.