COAHUILA: SUFRAGIO EFECTIVO Y RESPETO A LA LEY ELECTORAL EN 2023

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Luis Fernando Hernández González.

¡Todos deseamos como sociedad que Coahuila gane!

El blindaje electoral constituye la parte medular de la transparencia electoral en los comicios que realizan los ciudadanos y partidos, puesto que se significa de manera formal en la culminación del largo proceso, sobre el que abra de trascurrir de forma programada cada una de las acciones y operaciones en la que se instituye el total del desarrollo eleccionario a realizar.

Cabe recordar que el voto es por su propio significado el instrumento operativo de selección y que por tanto su operación al emitirlo cobra la total relevancia, pues es el sentido personal de libertad irrenunciable del ciudadano en ejercicio pleno de su voluntad selectiva, es decir, el voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.  Por tanto, habrá de quedar prohibido ejercer actos de que generen presión o coacción hacia los mismos electores.

Surge entonces como condición a la vez en este punto la determinación contemplada en los mismos procedimientos electorales que contempla la misma ley electoral, el derecho exclusivo de los ciudadanos mexicanos a participar como observadores de los actos de preparación y desarrollo del proceso electoral, así como de igual forma las distintas operaciones de las que se lleven a cabo el día de la jornada electoral.

Concluidas las campañas y conocidas las distintas ofertas políticas, los ciudadanos tienen en su mano la boleta para escribir la historia de su proyecto colectivo de vida.

Es bajo los lineamientos que la misma ley contempla cómo y de qué manera se es acreditable la participación ciudadana en cada proceso electoral, y sus condiciones objetivas y subjetivas en su asistencia durante la jornada electoral, conforme a las bases  que así lo determinan iniciando que para ser funcionario de casilla  se requiere  estar inscrito en el Registro Federal de Electores; contar con credencial para votar; estar en ejercicio de sus derechos políticos; tener un modo honesto de vivir; haber participado en el curso de capacitación electoral; no ser servidor público de confianza con mando superior, ni tener cargo de dirección partidista; saber leer y escribir y no tener más de 70 años al día de la elección.

 Como de igual manera para ser observador la solicitud de registro para participar como observadores electorales, podrá presentarse en forma personal o a través de la organización a la que pertenezcan, ante el presidente del Consejo Local o distrital correspondiente a su domicilio, a partir del inicio del proceso electoral y hasta el 31 de mayo del año de la elección deberá haberse llenado la solicitud correspondiente, de esta forma podrán participar sólo cuando hayan obtenido oportunamente su acreditación ante la autoridad electoral; previamente haber reunido los ciudadanos un manifiesto que señale los datos de identificación personal anexando fotocopia de su credencial para votar con fotografía, y la manifestación expresa de que se conducirán conforme a los principios de imparcialidad, objetividad, certeza y legalidad y sin vínculos a partido u organización política alguna.

Es pertinente para participar en estas actividades electorales, el haber asistido a los cursos de capacitación, preparación o información que impartan el Instituto Federal Electoral o las propias organizaciones a las que pertenezcan los observadores electorales bajo los lineamientos y contenidos que dicten las autoridades competentes del Instituto, las que podrán supervisar dichos cursos. La falta de supervisión no imputable a la organización respectiva no será causa para que se niegue la acreditación.

Es por ello que en Coahuila, a través de la Secretaría de Fiscalización y Rendición, se dio a conocer la concurrida participación de la ciudadanía en la capacitación a los Comités Internos de Blindaje Electoral (CIBE). Para que, mediante esta atención a las actividades establecidas por la Comisión Interinstitucional para el Blindaje Electoral, y con el objetivo de fomentar la participación ciudadana para prevenir delitos electorales e incentivar la cultura de la denuncia en casos de que así suceda.

Al explicarse que la función de este Comité es realizar las acciones en materia de prevención de delitos electorales antes y durante la jornada electoral. Como también el uso de recursos físicos y materiales que tengan un servicio público o gubernamental.

Los ciudadanos buscan transparencia, respeto y observancia del contenido de la ley, bajo lo cual desean ver como se respeta su decisión y se garantiza la efectividad de su sufragio emitido.

Los ciudadanos esperamos la mejor opción triunfadora pro constructiva en este importante proceso en la historia de la sociedad y de Coahuila.