AL MENOS 9% DE LOS EMPLEADORES DISPUESTOS A CONTRATAR PERSONAS CON ANTECEDENTES PENALES

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  • El Senado de la República aprobó eliminar la carta de antecedentes no penales como un requisito para acceder a un empleo.
  • Como medida complementaria es necesario que organismos públicos y privados fomenten servicios de capacitación para el empleo a esta población.

Leonardo González.

Una encuesta realizada por ManpowerGroup señala que al menos el 9% de los empleadores estaría dispuesto a contratar personas con antecedentes penales. En México un proyecto de reforma prohibiría como requisito en los procesos de reclutamiento y selección exigir la carta de antecedentes no penales a los candidatos.

“Es importante destacar que esta acción facilita e impulsa la reinserción de personas que ya cumplieron su pena por haber cometido un delito y apoya la integración al empleo formal”, indicó Tania Arita, Directora de Reclutamiento de Talent Solutions de ManpowerGroup.

La Cámara de Senadores aprobó eliminar la carta de antecedentes no penales como un requisito para acceder a un empleo tanto en el sector privado como en el público, al modificar la Ley Federal del Trabajo y la Ley Federal de Trabajadores al Servicios del Estado.

Las modificaciones se relacionan con los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la inconstitucionalidad de la carta de antecedentes en los procesos de reclutamiento.

Sin embargo se mantendrá como requisito en cuatro situaciones específicas que señala la Ley Nacional de Ejecución Penal, las cuales son:

  1. Cuando este documento lo soliciten autoridades administrativas o judiciales para una investigación criminal.
  2. Cuando sea necesario para ejercer un derecho o cumplir con un deber legal.
  3. En los casos específicos en los que la normatividad lo establezca como requisito para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o bien para el ingreso a instituciones de seguridad pública o privada, así como cuando por la naturaleza del empleo o por razones de interés público se considere exigible.
  4. Cuando sea solicitada por una embajada o consulado extranjero en México, o bien, a través de una embajada o consulado de México en el extranjero.

“Una respuesta frente a la escasez de talento en México, que es del 69%, es precisamente la inclusión de grupos en situación de vulnerabilidad como las personas en reinserción social, quienes han visto vulneradas sus oportunidades de trabajo”, detalló Tania Arita.

La directora de reclutamiento de Talent Solutions, agregó que como medida complementaria es necesario que organismos públicos y privados fomenten servicios de capacitación para el empleo a esta población con el objetivo de favorecer su reintegración y reinserción social.

El dictamen se encuentra en análisis para su votación en la Cámara de Diputados.