Monreal da Golpe de Estado mediante albazo legislativo en el Senado

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Luis Fernando Hernández González.

“Grave daño a la impartición de justicia, a la confianza en el estado de derecho y al valor de las instituciones que rigen el país”.

Bajo un criterio abusivo de una mayoría parlamentaria en el senado de la república, alejada de todo criterio institucional señalado por la misma constitución general de la república, además de presentar una reserva en la minuta a aprobar de última hora. Así fue que cómo el Senado alargó la presidencia de Zaldívar en la SCJN, cabe aclarar que esta adición que no formaba parte del documento original y para el cual tampoco se permitió un debate, el Senado extendió la presidencia de Zaldívar hasta 2024.

Al señalar que esta medida es inconstitucional, diversos expertos se pronunciaron de manera inmediata por la flagrancia de la misma, calificándola como un golpe de estado en la corte, órgano facultado para hacer prevalecer el estado de derecho y el respeto absoluto a la constitución del país.  

 Es inconstitucional, advierten expertos, pues esta reserva  aplicada nunca estuvo en las más de 500 páginas del dictamen aprobado en comisiones, pero que fue agregada de última hora y leída en tribuna en menos de un minuto y medio, una mayoría de Senadores encabezada por Morena, Verde Ecologista y Partido del Trabajo aprobaron sin análisis, debate o discusión parlamentaria, generando con ello un albazo parlamentario que dejó en otras fracciones y senadores una impresión de rasgos y razonamientos de configuración dictatorial del actual gobierno y sus aliados  en el sistema jurídico y legal  de la nación.

En un análisis de los antecedentes, se deriva de lo ocurrido el día de ayer, fue la discusión en las comisiones de justicia y estudios legislativos del dictamen a través del cual se modificaban diversos ordenamientos judiciales y se creaba la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial. Estas modificaciones eran necesarias para aterrizar lo plasmado en la reforma constitucional al Poder Judicial publicada el pasado 11 de marzo.

Como resultado de estas discusiones, y del intercambio con jueces y magistrados, el 12 de abril los senadores de dichas comisiones aprobaron el dictamen. El senador Miguel Ángel Mancera, integrante de dicha comisión, proporcionó al medio informativo de Animal Político la versión final del documento compuesto por 508 páginas.

En una nota publicada el día 14 se detallaron los principales cambios que contempla la nueva ley, como el endurecimiento de acciones de combate a la corrupción y un nuevo servicio de carrera profesional.

Sin embargo, en cuanto a la duración en el cargo del Ministro Presidente de la Corte, el dictamen no contempló ningún cambio respecto a lo que ya decía la ley vigente. El texto del artículo 12 quedó prácticamente idéntico al actual, señalando que la presidencia se renovaría cada cuatro años y que no había posibilidad de reelección.

La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en su Capítulo III Del Presidente de la Suprema Corte señala

 ARTICULO 12. Cada cuatro años, los miembros de la Suprema Corte de Justicia elegirán de entre ellos al presidente, el cual no podrá ser reelecto para el período inmediato posterior. La elección tendrá lugar en la primera sesión del año que corresponda.

Es importante tomar nota de que el dictamen de este polémico asunto, no incluía al final 12 artículos transitorios en total, ninguno de los cuales hacía referencia a la duración del actual Presidente de la Corte en el puesto, ni al de otros consejeros. El decimosegundo transitorio, último de la lista, solo señalaba que la nueva Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación abrogaba la aprobada en 1995.

La táctica dilatoria para fragua el madruguete se concluye de la siguiente nota:

Conforme lo reseña el análisis político de lo acontecido en el Senado, como estaba previsto, el pleno del Senado abordó ayer la discusión final y votación del dictamen aprobado en comisiones. Esto luego de que se le diera una primera lectura desde el martes.

La sesión en el Pleno presidida por el presidente de la mesa directiva, el senador Eduardo Ramírez Aguilar, transcurrió en sus primeras cuatro horas como estaba previsto. Senadores del PAN y Movimiento Ciudadano expresaron dudas y rechazo a la iniciativa con argumentos como que no se había debatido lo suficiente en parlamento abierto, o que en algunos casos se quedaba corta.

A las 3:51 de la tarde, transcurridas ya 4 horas con 12 minutos de la sesión, el senador Ramírez Aguilar decretó junto con la asamblea que ya estaba suficientemente discutido el dictamen en lo general y en lo particular y se procedió a la votación. La nueva Ley Orgánica fue aprobada con 106 votos a favor, ocho en contra y ninguna abstención.

Inmediatamente después, el senador Ramírez anunció el debate de los 12 artículos transitorios para los cuales no había oradores inscritos pues se trataban, en su mayoría, de formalidades. Sin embargo, y antes de pasar a la votación, la senadora del PES Eunice Romo Molina, en su papel de secretaria técnica de la mesa directiva, anunció la “adición de un nuevo artículo transitorio”, presentado por el senador del Partido Verde, Raúl Bolaños.

En exactamente 86 segundos la senadora Romo dio lectura a dicha reserva que, en síntesis, señalaba que con el fin de implementar la reforma constitucional aprobada el 11 de marzo, la persona que actualmente ocupa la presidencia de la Corte permanecerá en el cargo hasta el 30 de noviembre de 2024. También se alarga el periodo de los consejeros de la Judicatura.

Esta situación, en los hechos, significa que el periodo de Zaldívar que concluye en 2022 se alargaría dos años más, hasta 2024.

 Una apreciación de opinión de Jueces y magistrados del país afirmaron que en tiempos de crisis económica causada por la pandemia de Covid-19, es innecesaria en México una reforma al Poder Judicial con el aparente propósito de eficientar la impartición de justicia.

Bajo un amplio criterio jurídico esta modificación bajo ningún argumento puede tener dedicatoria para las actuales autoridades de la corte, pues al violar el Artículo 12 ante cualquier amparo se constituyen en jueces y parte en su determinación legal.

Con esto arbitrariedad se acaba con la división de poderes y se fortalece el mandato de un

 solo hombre, mismo que somete al poder legislativo y judicial de la nación